
En Chiapas el aborto es legal bajo cuatro causales
- Socialmente es un delito: Zárate
- A 52 años de haber intentado despenalizar el aborto en Chiapas
- De 1938 a 1990, los intentos por despenalizar el aborto en Chiapas, avances lentos pero van
- Francisco Ramírez Rodríguez
Por ello, es justo recordar, que desde hace 52 años se ha intentado despenalizar el aborto en Chiapas (1938), y a 19 años del intento más reciente donde se aplican reformas al Código Penal en Chiapas (1990), al aprobar por unanimidad la LVII legislatura, en sus articulados 134, 135,136, y 137 referente a la despenalización del aborto.
En 1994 se echaron atrás dichas reformas al Código Penal de 1984, al generarse una discusión sobre el tema, la despenalización del aborto vuelve al escenario nacional entre el movimiento amplio de mujeres, feministas y los grupos conservadores, tras las reformas al Código Penal de Guanajuato que sanciona a las mujeres que se practiquen un aborto en caso de violación.
El intento por despenalizar el aborto, que causó gran revuelo nacional, se registró en Chiapas el 9 de diciembre de 1990, cuando el entonces gobernador, José Patrocinio González Garrido, intentó despenalizarlo, al permitir interrumpir el embarazo como método de planificación familiar, en común acuerdo con la pareja, en caso de madres solteras y considerando la situación económica.
En esa fecha (1990), dicha medida de interrupción del embarazo estaba considerada en los primeros 90 días de gestación y previo al dictamen de los médicos. El aborto también sería permitido por causas imprudenciales de la embarazada.
Sin embargo, y pese a la ardua lucha que se registró por despenalizar el aborto en Chiapas entre feministas, las organizaciones de mujeres en México y los grupos conservadores, ésta no prosperó y las reformas quedaron "congeladas" a los 22 días de su promulgación, luego de que la Comisión Nacional de Derechos Humanos evitara opinar sobre reglamentar la suspensión temporal del nuevo articulado del aborto, bajo el argumento de que no correspondía a su jurisdicción.
Las peripecias sobre la penalización o despenalización del aborto en Chiapas
1990 / 1994
Tuvieron que pasar cuatro años, de la "suspensión temporal" de la gestación y que echó abajo la vigencia al Código Penal de 1990, cuando en 1994 el entonces gobernador interino, Javier López Moreno, dio marcha atrás la despenalización del aborto propuesta por el exgobernador Patrocinio González Garrido, en su modalidad de planificación familiar al abrogar el Código Penal de 1990, tipificando en sus reformas el delito de aborto con cinco excepciones.
El anteproyecto del nuevo Código Penal de 1994, de Javier López Moreno, profundizó la penalización tanto para la mujer como para los médicos que incurran en la comisión de ese "ilícito", y se agregó una nueva excepción que permite el aborto cuando la mujer embarazada padezca sida, por indicación eugenésica, cuando a juicio de los médicos exista razón suficiente para suponer que el producto padece alteraciones. Nada nuevo en las legislaciones.
El artículo 132, sobre el aborto en la nueva iniciativa del Código Penal (1994), conceptualizaba esto como la muerte de un producto de la concepción en cualquier momento de la preñez.
En su artículo 133, sobre autoaborto y aborto consentido, se indica que "a la mujer que lo procure el aborto o consienta en que otro lo haga abortar, se le aplicará de seis meses a dos años de prisión. Igual pena se aplicará a quien haga abortar a la mujer con consentimiento de vista".
En estos casos, sostenía la ley, los inculpados alcanzarían fianzas para obtener su libertad. La pena prevista para la madre que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otra persona se lo practique, podrá ser hasta de una tercera parte, cuando el juez lo estime equitativo, considerando lo dispuesto en el artículo 64 que señala que "el juez fijará las penas y medidas de seguridad que estime justas y procedentes dentro de los límites señalados para cada delito, con base en la gravedad del ilícito y el grado de culpabilidad del agente".
Especificaba además, las condiciones personales y las circunstancias en que se produjo la concepción, el tiempo que hubiese durado el embarazo y, en general, todos los elementos conducentes a resolver el caso del que se trate.
En el articulado 134 de la reformas al Código Penal de 1994, se señala que al "aborto sufrido" como "al que haga abortar a una mujer sin el consentimiento de ésta, se le aplicara de tres a siete años de prisión, y si mediare violencia de cuatro a nueve años".
Señala como pena adicional para el aborto causado por un médico auxiliar, la suspensión de uno a tres años en el ejercicio de su profesión (artículo 135).
Mujeres mexicanas rechazan la penalización del aborto
Reciente con el gobierno panista de Felipe Calderón, algunos estados aprobaron reformas que permiten la penalización de la interrupción voluntaria del embarazo. La Coalición por la Salud de las Mujeres ha venido exigiendo que se respete el derecho a elegir, a decidir sobre su cuerpo.
Las feministas de todo el país, han venido realizando acciones entre la que destaca el plantón frente a las sedes principales del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el Partido Acción Nacional (PAN), las mujeres manifestaron su rechazo a la penalización del aborto, que hoy 14 entidades del país han acordado a través de sus legislaturas en el Congreso.
Ocurre que esos partidos mayoritarios, con el apoyo de otras fuerzas políticas, modificaron las regulaciones de 14 estados de un total de 32 que conforman el territorio mexicano, para dar personalidad jurídica al embrión desde el momento de su concepción y penalizar de esa manera el aborto.
Las reformas abren la puerta para que las mujeres que se practiquen una interrupción voluntaria del embarazo sean penalizadas incluso con años de cárcel. Dichos cambios legales afectan a las mujeres que usen la anticoncepción de emergencia, dispositivos intrauterinos o accedan a la reproducción asistida.
Hasta ahora, el único estado mexicano que ha despenalizado el aborto bajo cualquier circunstancia y hasta las doce semanas de gestación es el Distrito Federal. Desde entonces se registraron 25 mil 735 abortos legales, según cifras oficiales.
En Chiapas el aborto es legal en cuatro causales, pero socialmente es un delito
Pese a todo lo que está pasando en 14 estados de la república, Chiapas, está bien, con respecto a la legislación que permite a las mujeres interrumpir un embarazo bajo las modalidades de: malformación, violación, por poner en riesgo la vida de la madre y por inseminación sin consentimiento de la mujer, asegura Nancy Zarate Castillo, de la Red por los derechos sexuales y reproductivos en México.
Sin embargo, la Ley vigente en Chiapas, sigue siendo la de 1994, aprobada por la LVII Legislatura, en la época que gobernó de manera interina, Javier López Moreno, donde hasta hoy en día faltan las leyes secundarias para reglamentar el aborto no punible en Chiapas, que autoriza la Constitución local pero no puede llevarse a cabo.
Zárate, explica que en Chiapas está permitida la suspensión del embarazo en caso de violación, malformación y riesgo para la vida de la madre, pero no se aplica por la inexistencia de leyes secundarias que lo reglamenten; por ello, en los últimos meses se han registrado al menos ocho casos en que las solicitantes han sido rechazadas en hospitales. Uno fue el caso de una indígena con síndrome de Down que fue violada en el 2008 y cuando solicitó el aborto la amenazaron con encarcelarla.
Hasta ahora ¿no hay pasos que indiquen qué hacer en caso de ser violada? Se pregunta Zárate, al querer conocer quien será la autoridad que dictamine (el MP, el médico, etc.) aunque se supone que es el juez quien dictamina, y en un hospital está obligado a interrumpir el embarazo, pero que además puede ser objeción de conciencia, pero el personal deberían tener a un médico/a para interrumpir el embarazo cuando cumpla una de las cuatro excepciones y desde 1994 en que se reforma el código y a 15 años de su aprobación, las leyes secundarias siguen ausente, y entonces no aplica, está vacía.
Por ello, se pide la reglamentación del acceso legal a la interrupción del embarazo. En Chiapas, las mujeres no están en libertad de decidir sobre su cuerpo, porque está despenalizado en esas cuatro causales. Por ejemplo; yo por decisión propia porque no lo quiero tener y porque va en contra de mi proyecto de vida, sí está penado, es un delito, y se supone que nadie me va practicar un aborto en Chiapas solo porque yo lo decido, ahí estamos incurriendo en un delito, y hay dos casos que por esas circunstancias se ha llamado al Ministerio Público. Y agrega, si el médico del hospital atiende a una mujer y detecta que la interrupción del embarazo ha sido provocado, el médico llama al Ministerio Público y levanta un acta administrativa, porque fue por decisión propia, voluntaria y las mujeres estaríamos incurriendo en un delito.
¿Las mujeres no podemos decidir sobre nuestro cuerpo en Chiapas?
-No. No en este aspecto de la maternidad porque no está despenalizado el aborto.
Y aclara: socialmente está despenalizado, podemos ir a una clínica privada y solicitar al médico que nos interrumpa el embarazo, pero estamos fuera de la ley, es un delito, por eso digo que socialmente está despenalizado, pero penalmente es un delito.
Aunque no se dan nombres, hay dos casos de mujeres purgando condena por abortar en Tapachula y Tuxtla Gutiérrez, pero habrá más dijo, porque hay casos consignados desde los hospitales que son remitidos al Ministerio Público.
-¿La interrupción del embarazo de manera clandestina en Chiapas es una realidad? se le pregunta.
-Sí. Sí es una realidad: hace como dos años se hizo una investigación para saber como se daba, y se detectó que hay muchos hospitales, clínicas privadas, consultorio particulares donde se practica y se interrumpe el embarazo. Por eso de la interrupción de las 12 semanas en el DF, uno de los argumentos era que no se aprobaba porque favorecía al mercado negro donde se beneficia los médicos/as con que no se legalice la interrupción del embarazo, pero significa muertes para otras (mujeres) porque son las que no acceden a las mejores condiciones en un consultorio particular, o clínica privada y no tienen para pagar un servicio; entonces es una situación de desigualdad y de injusticia social, son mujeres pobres que no tienen acceso a los mejores médicos/as, y en sus comunidades no hay hospitales que se les permita, por eso aquí en Chiapas es una situación de injusticia social.
¿Que significa que en Chiapas se despenalice el aborto?
-Mira, ahora que el gobernador del estado subió a nivel Constitucional los Objetivos del Milenio, uno de ellos, es disminuir para el 2015 la mortalidad materno infantil, y la otra que es un indicador que se agregó el acceso universal a los métodos anticonceptivos por parte de las mujeres.
Por ello, subiendo los objetivos del milenio a nivel Constitucional significaría la interrupción legal del embarazo, como ha sido en el DF a las 12 semanas, y significaría vida, porque las mujeres tendríamos un acceso más, una posibilidad más de vivir con salud plena, de vivir la maternidad de manera voluntaria y con calidad de vida y que en los hospitales se informe a las mujeres sobre los métodos anticonceptivos y así regular nuestra propia maternidad. Es decir, decidir, cuándo vamos a tener hijos, cuantos y el espaciamiento entre ellos, y entonces sería una situación real de desarrollo, que es lo que buscan los objetivos del Milenio, y si no se respetan, entonces se estaría haciendo lo contrario de dichos objetivos, en específico el Quinto (salud materna).
Comento que en esos 14 estados donde se ha respetado la vida desde el momento de la concepción, va en contra de los objetivos del milenio, porque habla de disminuir la muerte materna, y negar la interrupción legal del embarazo aun en las causales que se tienen en Chiapas pues las mujeres se mueren y la mortalidad materna va a aumentar en los estados donde ya se aprobó esa Ley.
--RECUADRO
Hay que destacar que en Latinoamérica existen algunas de las políticas más restrictivas de aborto del mundo.
En El Salvador, Chile y, más recientemente, Nicaragua, no se permite el aborto bajo ninguna circunstancia, ni siquiera cuando el embarazo pone en peligro la vida de la mujer. En la mayoría de los demás países de Centroamérica y Sudamérica, el aborto es permitido por la ley sólo cuando la vida o salud de la mujer corre peligro, o en casos de violación. Sin embargo, en muchos casos, debido a los obstáculos jurídicos, judiciales y médicos, resulta imposible obtener servicios de aborto, aun cuando estos son permitidos por la ley. A pesar de estas restricciones, las tasas de aborto en Latinoamérica figuran entre las más altas del mundo. Más del 98 por ciento de los abortos realizados en América Latina son inseguros.
RECUADRO
28 de septiembre Día Internacional por la Despenalización del Aborto
En el V Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe celebrado en Argentina en 1990, la Asamblea del Movimiento Feminista Latinoamericano, creándose la Coordinadora Latinoamericana, organización que tomó en cuenta que las complicaciones por el aborto inseguro y clandestino constituyen la primera causa de mortalidad de las mujeres en muchos de los países de la región, decidió declarar el 28 de septiembre como el Día por la Despenalización del Aborto.
Desde entonces más organizaciones de mujeres se han sumado a la campaña de presión para demandar la despenalización del aborto en la región latinoamericana y caribeña. Hoy suman más de 600.
El 28 de septiembre se recuerda a los gobiernos latinoamericanos que seis mil mujeres se mueren al año debido a complicaciones de abortos.
Mencionan que la cifra anual de abortos que se practican en Brasil, Colombia, México, Perú y Republica Dominicana asciende a 2.8 millones y en toda la región la suma llega a más de cuatro millones.
Cada día se realizan 55 mil abortos inseguros en el mundo, 95 por ciento en países en vías de desarrollo, los cuales son responsables de una de cada ocho muertes maternas.
Mundialmente por cada siete nacimientos se lleva a cabo un aborto inseguro. Se calcula que el aborto inducido -en forma clandestina y en condiciones inseguras- es la causa de una de cada tres muertes maternas en la región y de aproximadamente 800 mil hospitalizaciones por año.
Cada 28 de septiembre sirve a las feministas de la región para demandar el acceso de servicios de aborto seguro, lo cual podría prevenir entre el 20 y 25 por ciento del medio millón de muertes maternas que anualmente ocurren en los países en vías de desarrollo.
Hay que recordar que en América Latina y el Caribe entre el 10 y 30 por ciento de las camas de los servicios de ginecología y obstetricia están ocupadas por mujeres con diagnóstico de aborto incompleto. A 19 años de la declaración del Día Latinoamericano por la Despenalización del Aborto, de nueva cuenta las cifras y una petición: recordar que cada número alguna vez tuvo rostro de mujer.
(Cifras provenientes de: Instituto Alan Guttmacher; Organización Mundial de la Salud, Fondo de Población de las Naciones Unidas y Grupo de Información en Reproducción Elegida)
Fuente: CIMAC
1.- Marisa Belausteguigoitia (Ha sido directora del PUEG, doctora en Estudios Culturales por la Universidad de California en Berkeley, Estados Unidos. En la actualidad se desempeña como profesora de tiempo completo de licenciatura y posgrado de la FFyL de la UNAM. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Entre sus publicaciones se encuentra el libro Géneros prófugos. Feminismo y educación.



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